El pluralismo jurídico de España se manifiesta de forma muy especial en el ámbito de las sucesiones, existiendo diversos ordenamientos civiles con normativas propias. Para comprender cómo se gestiona un proceso relativo a sucesiones comunidad valenciana, es obligatorio examinar la legislación foral aplicable al causante según su vecindad civil al momento del óbito.

Territorios como Cataluña, el País Vasco, Navarra o la Comunidad Valenciana cuentan con un régimen sucesorio propio que difiere del Derecho común en aspectos clave como la cuantía y el reparto de la legítima, los derechos del cónyuge supérstite o la validez de los pactos sucesorios. Estas diferencias exigen que el análisis de la delación hereditaria se realice bajo la ley especial de cada comunidad autónoma.
La incorrecta aplicación del fuero sucesorio puede dar lugar a la nulidad de las disposiciones testamentarias y de la partición de bienes. En la práctica notarial, la determinación de la vecindad civil del finado constituye el primer paso procesal para establecer qué normas sustantivas regirán la colación de donaciones, el cálculo de las cuotas legítimas y el orden de suceder ab intestato.

Para afrontar un pleito o partición bajo normas de derecho foral, es aconsejable recurrir a la asistencia de abogados de herencias expertos. La base legal general puede contrastarse con lo dispuesto en el Código Civil en el BOE y los criterios doctrinales sobre la legislación foral en España.